La resolución alcanza los tramos que atraviesan el departamento General López. El magistrado consideró probado el grave deterioro de las calzadas y cuestionó los incumplimientos en las tareas de mantenimiento y conservación.
Un juez federal de Venado Tuerto ordenó al Estado Nacional realizar la reparación integral e inmediata de las rutas nacionales 7, 8 y 33 en los tramos que atraviesan el departamento General López, en Santa Fe, al considerar acreditado el grave deterioro de las calzadas y el incumplimiento de las obligaciones de conservación.
La decisión fue adoptada por el juez federal Aurelio Antonio Cuello Murúa, en el marco de un amparo presentado por la senadora provincial Leticia Di Gregorio contra la Dirección Nacional de Vialidad (DNV). La acción judicial planteó la necesidad de intervenir los corredores para garantizar la seguridad y la libre circulación de quienes los utilizan.
El magistrado sostuvo que el estado de las rutas requiere una intervención urgente y destacó que la propia documentación presentada por Vialidad permitió comprobar las deficiencias existentes.
Críticas al estado de la Ruta 33
Uno de los principales focos del fallo está puesto sobre la Ruta Nacional 33. Allí, el juez describió la presencia de grietas, hundimientos, baches y ahuellamientos, que consideró un riesgo para la seguridad y la integridad de los usuarios.
El expediente también incorporó documentación de la propia DNV en la que se reconocía que el estado de la ruta necesitaba una intervención urgente. A partir de ese diagnóstico se realizó una licitación que terminó adjudicada a Rovial S.A.
Sin embargo, las obras quedaron inconclusas. La empresa realizó trabajos de bacheo en parte del corredor, pero las tareas se paralizaron ante la falta de autorización de las partidas presupuestarias necesarias para continuar.
Vialidad también ejecutó tareas mínimas de bacheo en frío entre Venado Tuerto y Murphy. Para el magistrado, esas intervenciones no alcanzaron para atender la magnitud del deterioro.
El fallo destaca además que las fotografías aportadas por la propia DNV permitieron constatar el estado de la calzada y concluye que los trabajos realizados resultaron insuficientes para garantizar condiciones adecuadas de transitabilidad.
Las rutas 7 y 8 también quedaron bajo la lupa
La resolución también cuestionó el mantenimiento de las rutas nacionales 7 y 8, cuyos corredores se encuentran concesionados a Corredores Viales S.A.
Sobre la Ruta 7, Cuello Murúa señaló que hubo tareas de bacheo, pero que no quedó acreditada la realización sostenida de obras de mantenimiento sobre la totalidad del tramo que atraviesa General López.
En el caso de la Ruta 8, el expediente registra 55 actas de constatación de incumplimientos contractuales por parte de Corredores Viales, además de distintas comunicaciones de la DNV destinadas a corregir las deficiencias detectadas.
La empresa había acreditado trabajos únicamente entre los kilómetros 359 y 362. Para el juez, esas intervenciones no resultaban suficientes para cubrir las necesidades del corredor.
Por ese motivo, rechazó el argumento de Corredores Viales de que sus obligaciones no contemplaban la repavimentación y sostuvo que el contrato incluía tareas de mejora, reparación y mantenimiento.
El Estado sigue siendo responsable
Uno de los puntos centrales de la resolución es que el Estado Nacional no puede desligarse de su responsabilidad por el hecho de que las rutas estén concesionadas o atraviesen un proceso de cambio de empresas responsables.
El juez sostuvo que la distribución de competencias entre organismos públicos y concesionarias no puede convertirse en un obstáculo para garantizar los derechos de quienes utilizan las rutas.
Por eso, estableció que la orden deberá ser cumplida por el Estado Nacional, ya sea directamente a través de Vialidad, del organismo que eventualmente la reemplace o mediante las empresas concesionarias correspondientes.
La intervención de las concesionarias, según la resolución, no modifica la obligación estatal de garantizar el cumplimiento de la orden judicial.
La Justicia vinculó el deterioro con la seguridad vial
Para el magistrado, el problema excede el estado de la infraestructura. El deterioro de las calzadas compromete derechos vinculados con la vida, la salud, la seguridad vial y la libre circulación.
El fallo considera además que el mal estado de los corredores constituye una situación conocida por los habitantes y usuarios habituales de la región y que las pruebas incorporadas al expediente acreditan la gravedad del deterioro y la insuficiencia de las tareas de conservación.
En la parte resolutiva, Cuello Murúa rechazó los planteos de falta de legitimación formulados por Corredores Viales S.A. y el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado.
Finalmente, hizo lugar al amparo y ordenó la “inmediata y urgente reparación integral” de las rutas nacionales 7, 8 y 33 para garantizar su “transitabilidad plena” en el departamento General López.
La decisión obliga al Estado Nacional a garantizar las obras, ya sea mediante Vialidad, el organismo que eventualmente asuma sus funciones o las empresas concesionarias que correspondan.
