El Juzgado Federal de Campana habilitó la feria judicial de verano para avanzar en el cumplimiento de la sentencia que ordenó la aplicación inmediata de la ley de emergencia en discapacidad, aun cuando el Gobierno nacional apeló el fallo y busca revertirlo ante la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín.
La decisión fue adoptada este viernes por el juez federal Adrián González Charvay, designado como autoridad durante el primer tramo del receso judicial. El magistrado consideró que la demora en la ejecución podría frustrar derechos fundamentales o producir un “daño irreparable” sobre las personas alcanzadas por el amparo colectivo contra el Estado nacional.
La resolución se dictó en el expediente “J, O.G. (en representación de sus hijos) y otro c/ Estado Nacional – Ministerio de Salud de la Nación (…)”, en el que el juez entendió que se encontraban reunidos los requisitos legales para habilitar la actividad judicial durante enero, limitando esa excepción exclusivamente a la etapa de ejecución de la sentencia definitiva ya dictada en la causa.
En su análisis, González Charvay ponderó que el transcurso del tiempo impacta de manera directa sobre los derechos del colectivo integrado por personas con discapacidad, sus familias, cuidadores y prestadores de servicios en todo el país, lo que justificaba avanzar pese al receso judicial.
El fallo se inscribe en un litigio de alto impacto social vinculado con la Ley 27.793, que declaró la emergencia nacional en materia de discapacidad y estableció medidas normativas, institucionales y presupuestarias para sostener el sistema de prestaciones. La norma fue sancionada por el Congreso en julio, pero luego vetada en su totalidad por el presidente Javier Milei bajo el argumento de la sostenibilidad fiscal.
Tras el veto, ambas cámaras del Congreso insistieron con la sanción original: la Cámara de Diputados lo hizo el 20 de agosto y el Senado el 4 de septiembre, en ambos casos con el respaldo de los dos tercios de los legisladores presentes. De acuerdo con el artículo 83 de la Constitución Nacional, esa insistencia obligaba al Poder Ejecutivo a promulgar y aplicar la ley sin condiciones.
Sin embargo, el Gobierno dictó el Decreto 681/2025, firmado por Milei, el entonces jefe de Gabinete Guillermo Francos y el ministro de Salud Mario Iván Lugones. Mientras que el artículo 1 del decreto promulgó formalmente la ley, el artículo 2 dispuso comunicarla al Congreso para que se incorporaran las partidas correspondientes en el Presupuesto nacional, supeditando en los hechos su ejecución a una futura decisión presupuestaria.
Esa cláusula fue cuestionada judicialmente y, a mediados de diciembre, el juez González Charvay dictó sentencia definitiva declarando inválido el artículo 2 del decreto. En su pronunciamiento sostuvo que el Ejecutivo había violado el artículo 83 de la Constitución y el principio de supremacía constitucional, al subordinar una ley formal del Congreso a normas de jerarquía inferior. Además, remarcó que la propia Ley 27.793 habilitaba al jefe de Gabinete a realizar ampliaciones y modificaciones presupuestarias para garantizar su financiamiento.
Pese a que el Procurador del Tesoro, Santiago Castro Videla, apeló la sentencia, la Cámara concedió el recurso con “efecto devolutivo”, lo que implica que el fallo debe cumplirse mientras no sea revocado. En ese contexto, el magistrado resolvió habilitar la feria judicial para no demorar la ejecución.
Durante el trámite del expediente, se incorporaron datos que reflejan el impacto económico de la falta de actualización del sistema: entre diciembre de 2023 y mayo de 2025 la inflación acumulada fue del 114,6%, mientras que los aranceles de las prestaciones aumentaron apenas un 42,6%, lo que generó una pérdida real superior al 50%. Esa brecha derivó en cierres de instituciones, interrupción de tratamientos y dificultades para sostener servicios esenciales como el transporte adaptado.
Con la sentencia vigente y la apelación aún en trámite, la habilitación de la feria judicial busca garantizar que la ley de emergencia en discapacidad se aplique sin más dilaciones, en un escenario de fuerte tensión entre el Poder Ejecutivo y la Justicia por el alcance de las decisiones del Congreso y el cumplimiento efectivo de los derechos reconocidos por ley.
