La Cámara Nacional Electoral resolvió que Diego Santilli será quien encabece la lista de candidatos a diputados nacionales de La Libertad Avanza en la provincia de Buenos Aires, tras revocar un fallo del juez Alejo Ramos Padilla que había dispuesto que la primera candidata fuera Karen Reichardt, en reemplazo de José Luis Espert, quien renunció luego de que se conocieran sus vínculos con un empresario condenado por narcotráfico.
La decisión, adoptada con las firmas de los jueces Santiago Hernán Corcuera (presidente) y Daniel Bejas (vicepresidente), dejó sin efecto la resolución de primera instancia y restableció el criterio de paridad de género previsto en la legislación vigente.
Fundamentos del fallo
El tribunal basó su decisión en la Ley 27.412 de Paridad de Género y su decreto reglamentario, que establecen que los reemplazos de candidatos deben realizarse por personas del mismo género. Según la Cámara, el juez Ramos Padilla se apartó de esa norma “sin fundamento suficiente”, aplicando una interpretación subjetiva que no se ajustaba a la jurisprudencia vigente.
El tribunal recordó además su rol en la promoción de la igualdad real de oportunidades entre varones y mujeres en el acceso a cargos electivos y en la vida interna de los partidos políticos, citando fallos previos que consolidaron ese principio.
En su pronunciamiento, la Cámara subrayó que la ley de paridad es de orden público y que su aplicación no depende de la voluntad de las agrupaciones políticas. También destacó la compatibilidad de la normativa argentina con compromisos internacionales como la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.
El rol del decreto 171/2019
La Cámara consideró que el Decreto 171/2019 es “consecuente y concordante” con lo previsto en el Código Electoral Nacional respecto del mecanismo de sustitución de candidatos. Rechazó así la interpretación del juez de primera instancia, que había distinguido entre las causas de vacancia —renuncia, fallecimiento o incapacidad— para justificar un reemplazo de distinto género.
“Del texto de las normas vigentes no se advierten distinciones entre los supuestos susceptibles de motivar un reemplazo”, sostuvo el tribunal, al remarcar que desconocer esa regla afectaría la voluntad legislativa expresada por el Congreso.
Advertencia sobre el control judicial
En uno de los tramos más enfáticos del fallo, la Cámara recordó que la declaración de inconstitucionalidad de una norma es una medida de “suma gravedad institucional” y que los jueces no pueden sustituir al Poder Legislativo en la reglamentación de los derechos.
“En un Estado constitucional de derecho, los tribunales de justicia no disponen de la libertad de apartarse de las leyes dictadas por los representantes del pueblo”, advirtió el tribunal, alertando sobre los riesgos de lo que denominó “el gobierno de los jueces”.
La cuestión de las boletas
Paralelamente, el tribunal ordenó a la Junta Electoral Nacional remitir el expediente vinculado a la reimpresión de la Boleta Única de Papel, ante la apelación presentada por el Gobierno. Sin embargo, fuentes judiciales anticiparon que ese pedido no prosperaría por falta de tiempo para garantizar la organización de los comicios del 26 de octubre.
Resolución final
La Cámara Nacional Electoral ordenó al juzgado de primera instancia adecuar la lista de candidatos de La Libertad Avanza conforme al mecanismo previsto en el artículo 7 del Decreto 171/2019 y el artículo 60 bis del Código Electoral Nacional.
De este modo, Diego Santilli encabezará la boleta bonaerense del espacio, en una decisión que refuerza la aplicación de las normas de paridad de género y reitera la doctrina del tribunal sobre la igualdad en la representación política.
